¿Si a un consumidor le repara o mantiene su vehículo un reparador independiente durante el período de garantía, puede el fabricante negarse a prestar la garantía?
Si a un consumidor le repara o mantiene su vehículo un reparador independiente durante el período de garantía del fabricante, puede perderse la garantía si el trabajo realizado es defectuoso. Sin embargo, la obligación general de mantener o reparar el automóvil sólo por la red autorizada durante ese período privaría a los consumidores de su derecho a elegir que su vehículo sea mantenido o reparado por un reparador independiente y ello impediría, sobre todo en el caso de las “garantías ampliadas”, que esos reparadores compitan eficazmente con la red autorizada. En definitiva, los talleres independientes puedan mantener o reparar vehículos durante el período de garantía, sin que el fabricante pueda en ese caso denegar la garantía, con la excepción lógica de que el trabajo efectuado por el taller independiente fuera defectuoso, en cuyo caso, como es natural, la garantía se perdería. Cuestión distinta es la de si un fabricante puede denegar la garantía cuando se han utilizado recambios no originales, pero sí de calidad equivalente en reparaciones y mantenimientos habituales realizados durante el período de garantía. En este caso, es evidente que la marca no puede denegar la garantía, a excepción de que se trate de operaciones cubiertas por la garantía. Es decir, que un taller independiente puede realizar reparaciones o mantenimientos (no cubiertas por la garantía, se entiende) durante el período de garantía de un vehículo, utilizando recambios no originales, aunque sí de calidad equivalente, excepto en reparaciones de las que deba hacerse cargo el fabricante. Fuente: FEMPA