¿Cómo debe actuarse cuando el cliente ha aceptado el presupuesto de una reparación y posteriormente durante el transcurso de la misma aparecen averías no contempladas en el presupuesto?
Esta situación está prevista en el artículo 14.6 del Real Decreto 1457/86 que regula la actividad de los talleres. En este caso, debe comunicarse al cliente la avería aparecida con su importe y solamente si el cliente presta su conformidad proceder a reparar. Es conveniente que esa nueva autorización del cliente conste por escrito puesto que en realidad se trata de una ampliación del presupuesto y, por tanto, si el cliente aceptó y firmó el presupuesto inicial, se debe proceder de la misma manera con la ampliación de presupuesto y con ello se evitarán además posibles problemas con el cliente al presentarle la factura de la reparación. Fuente: FEMPA